¿Que implicaciones tiene el nuevo esquema de Complemento Comercio Exterior?
- Este complemento será utilizado por los contribuyentes que exporten mercancías en definitiva con la clave de pedimento “A1”
- Incorporar la información del tipo de operación:
- Datos de identificación fiscal del emisor
- Receptor o destinatario de la mercancía
- Descripción de las mercancías exportadas.
¿Reglas Fiscales?
- Regla 2.7.1.22. de la Resolución Miscelánea Fiscal (2016)
- Reglas Generales de Comercio Exterior 3.1.35. y 3.1.36.
- la vigencia de este complemento inicia a partir del 1 de julio de 2016 (RMF 2016)
- DOF el 27 de enero de 2016
Factura electrónica sin valor comercial (Exportación de promociones y muestras)
Tratándose de la exportación de mercancías para efectos de promoción o de muestras, es decir, que no serán vendidas –no habrá enajenación-, el procedimiento para la emisión del CFDI con el Complemento operaciones de comercio exterior
Factura electrónica para exportaciones en consignación.
En el caso de exportación de mercancías en consignación, supuesto en el que al exportar la mercancía no hay enajenación, se elaborará el CFDI incorporando
al mismo el Complemento
CFDI para el traslado de contenedores plásticos de los productos exportados
(Procedimiento para la facturación de contenedores plásticos, dollies, racks, etc. de los productos exportados)
Campos adicionales o leyendas en factura
Leyendas o especificaciones de los productos y otros textos sin fines fiscales, así como cualquier otra información comercial